viernes, 14 de diciembre de 2012

Un nuevo contrato moral Dra Elisa Carrió

UN NUEVO CONTRATO MORAL

LA PAZ COMO FUNDAMENTO DE UNA NUEVA DEMOCRACIA Y UNA NUEVA PROSPERIDAD.
Dra. Elisa Carrió
Agosto 2002
Agosto 2012

No es cosa menor construir la paz: en esto, precisamente, consiste la epopeya de un pueblo. De adentro hacia fuera. Revuelta interior para construir la paz entre todos los argentinos. Renunciar a la violencia. Admitir que no hay pueblo sin memoria y que la paz no la construyen los escépticos ni los desesperanzados.
El desánimo y el escept...
icismo son males interiores que nos llevan a la indiferencia y a la fuga. No basta con ser bueno: se debe testimoniar la bondad en el ámbito público. La Argentina no es de algunos, es de todos.
Para salir hay que poder entregar. Para entregar hay que poder renunciar. Para renunciar hay que tener coraje y esperanza.

El nuevo contrato moral

En esto consiste, precisamente, el nuevo contrato moral, como indispensable sustrato de una nueva democracia sustantiva, de paz y prosperidad. Es la construcción de un conjuntos de normas morales prohibitivas que fluyen de dos conceptos de valor propositivo: el amor como reconocimiento del otro y la paz como persecución de la verdad y la justicia. No porque un pueblo y sus gobernantes firmen un documento existe contrato moral. Hay internalización en las conciencias o no hay contrato. La alianza moral se inscribe y sella en la conciencia de millones y en la lucha perseverante por reinscribirla, todos los días, hasta que se constituya en práctica generalizada. Sellar el contrato implica el compromiso de su traducción en normas jurídicas institucionales. En él debe fundarse la ética de obediencia a la ley. Este contrato es previo a cualquier contrato económico y social o a cualquier contrato constitucional.
No matar, no mentir, no excluir, no humillar, no votar contra los pobres. Todas ellas son cláusulas prohibitivas de orden moral que se traducen luego, como derechos de ciudadanía, en la Carta Constitucional. Son las prohibiciones morales, fundadas en la necesidad del reconocimiento del otro, que salen del contrato moral como prohibiciones y se incorpora al contrato constitucional y social como habilitaciones, permisos o derechos. Éste es el acuerdo fundamental de una nación que define de modo central la posibilidad de la congregación y construye un futuro común. Esta especie de revolución de los mansos –quienes a partir de una revuelta interior y por medio de la no violencia deciden incluir, en un contrato escrito, aquellas cuestiones básicas de la vida privada y pública que desean garantizar- se concreta, en lo externo y público, en distintos derechos de ciudadanía, a saber:
:

1. Ciudadanía de la alimentación de toda la sociedad, como derecho básico que posibilita la vida. Y, en consecuencia, soberanía alimentaria como objetivo prioritario del proyecto nacional.
2. Ciudadanía de la infancia por ingreso y por derechos. Se incluye el ingreso mínimo ciudadano para la niñez y el respeto a los derechos constitucionales del niño, especialmente en materia penal.
3. Ciudadanía de la tercera edad, por ingresos y por derechos. Contribución social como portadores de sabiduría, de la memoria y de la experiencia práctica en el objetivo de la transmisión de valores de generación en generación.
4. Ciudadanía en relación con el trabajo individual, colectivo y/o comunitario. Socialmente reconocido, económicamente retribuido y constitutivo de la dignidad personal.
5. Ciudadanía en el acceso a la educación de todas las generaciones. Educación permanente, integrada a la vida comunitaria, portadora y trasmisora de los valores de la integridad moral del sujeto. Educación para la virtud y de la interioridad.
6. Ciudadanía en el acceso a la salud, la atención primaria y los medicamentos.
7. Ciudadanía en el acceso a una vivienda que garantice cuartos separados, comedor común, patio y espacios libres.
8. Ciudadanía en el acceso de la cultura. Para recrear colectivamente la memoria, la verdad y los relatos del pasado, y también como forma de expresión de todas las manifestaciones de la interioridad del sujeto.
9. Ciudadanía que garantice la igualdad de posibilidades y trato de hombres y mujeres.
10. Ciudadanía en el acceso a una justicia independiente e imparcial, seleccionada por mérito.
11. Ciudadanía que garantice el acceso al diálogo común a través del derecho a saber de las sociedades. Derecho a ser informado, a no ser manipulado ni humillado por la desinformación.
12. Ciudadanía en el acceso garantizado a todas las formas de relación con Dios en la experiencia religiosa ritual, así como a toda expresión que suponga su ausencia.

Un pueblo llega a constituirse en ciudadano sólo si se garantiza los tres contratos: el contrato moral, el contrato económico y social, y el contrato constitucional.

Libro: HACIA UN NUEVO CONTRATO MORAL
Pág. 361
 

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